Normativa y subvenciones


jueves, 15 de febrero de 2018 BOP: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CONSOLIDACIÓN Y AL FORTALECIMIENTO DEL TEJIDO EMPRESARIAL EN LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE A CORUÑA A TRAVÉS DEL APOYO A LA INVERSIÓN EN BIENES INVENTARIABLES (PEL-Emprende Inversión 2018)

Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas a la consolidación y al fortalecimiento del tejido empresarial en los ayuntamientos de la provincia de A Coruña a través del apoyo a la inversión en bienes inventariables (PEL-Emprende inversión 2018).

ENTIDADES BENEFICIARIAS:
Los/as destinatarios/as de estas ayudas son personas físicas y jurídicas promotoras de iniciativas empresariales en el ámbito provincial de A Coruña, y que en la fecha de publicación de la convocatoria de estas ayudas, reúnan los siguientes requisitos:

Personas físicas:
1. Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social, o como mutualista de colegio profesional para la realización de la inversión para la que se solicita la ayuda, con una antigüedad máxima de 5 años desde la fecha de publicación de la convocatoria de estas ayudas.
2. Tener el domicilio fiscal y el centro de trabajo en algún municipio de la provincia de A Coruña.
3. Estar al corriente en el cumplimiento de sus deberes con la Agencia Tributaria, Seguridad Social y Diputación de A Coruña desde la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
4. No estar ni haber estado incurso en expediente de regulación o despido improcedente, ni en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia, en los últimos 5 años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP.

Personas jurídicas:
1. La fecha de constitución de la empresa y la fecha del alta censal, deben tener una antigüedad máxima de 5 años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de la subvención.
2. El domicilio fiscal y el centro de trabajo deben estar en un municipio de la provincia de A Coruña.
3. Estar inscritas en el Registro Mercantil, en el caso de las entidades que estén obligadas.
4. Estar al corriente en el cumplimiento de sus deberes con la Agencia Tributaria, Seguridad Social y Diputación de A Coruña desde la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
5. No estar ni haber estado incurso en expediente de regulación de empleo, regulación o despido improcedente, ni en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia, en los últimos 5 años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP.

No podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Abierto hasta el 22 de marzo de 2018.
Período de vigencia
28/02/2018  - 22/03/2018