Normativa y subvenciones


martes, 21 de agosto de 2018 DOG: BASES Y CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS PARA FOMENTAR EL EMPLEO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD O EN SITUACIÓN O RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL EN EL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO

ORDEN de 20 de julio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2018 ayudas para fomentar el empleo de las personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social en el mercado ordinario de trabajo, mediante los programas de empleo con apoyo y de incentivos a la contratación a tiempo parcial y a la formación.

ENTIDADES BENEFICIARIAS DEL PROGRAMA DE EMPLEO CON APOYO:
- Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que suscriban el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social a las cuales se les va a prestar el empleo con apoyo.
- Los centros especiales de empleo, calificados e inscritos como tales en el Registro administrativo de centros especiales de empleo de la Comunidad Autónoma de Galicia que suscriban un convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de la plantilla del mismo centro o de otros centros especiales de empleo.
- También las empresas de inserción laboral que suscriban convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a personas trabajadoras en situación o riesgo de exclusión social procedentes de la plantilla de la misma empresa o de otras empresas de inserción laboral.
- Las empresas del mercado ordinario de trabajo, incluidos los trabajadores y trabajadoras autónomos, que contraten a las personas trabajadoras con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social beneficiarias de dichas acciones de apoyo, siempre que cuenten en su plantilla con preparadores y preparadoras laborales especializados que se comprometan a incorporarlos, y que dispongan de los recursos materiales necesarios que garanticen un desarrollo adecuado de los programas de empleo con apoyo.

ENTIDADES BENEFICIARIAS DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN A TIEMPO PARCIAL Y A LA FORMACIÓN:
- Podrán ser entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aunque carezcan de personalidad jurídica, que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.
- En el caso de uniones temporales de empresas, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención que se va a aplicar para cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiario. En cualquier caso, deberán nombrar a una persona representante o apoderada única de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, le correspondan a la agrupación. Cada empresa que forme parte de esta unión deberá reunir los requisitos exigidos para acceder a las ayudas.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Abierta hasta el 10 de septiembre de 2018.
Período de vigencia
11/08/2018  - 10/09/2018