El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy el texto de la reforma laboral. Son 54 páginas que contiene cinco artículos, siete disposiciones adicionales, ocho disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y ocho disposiciones finales. Aunque el objetivo principal del nuevo marco legislativo es acabar con la temporalidad del mercado de trabajo en España (26,02%), también servirá para corregir desequilibrios dentro de la negociación colectiva y dotar de mayor flexibilidad a las empresas en apuros.
La entrada en vigor de la reforma laboral alterará algunos aspectos que condicionan desde 2012 las relaciones profesionales.
Principales claves de la reforma laboral
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Desaparecen los contratos temporales: se presume el contrato indefinido y los temporales se limitarán a 6 meses como máximo. Solo podrán realizarse tareas ocasionales con un máximo de 90 días. Recordemos que hasta ahora tenía un máximo de 3 años ampliable a doce meses más.
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Se sancionan los incumplimientos de las nuevas obligaciones de la reforma por fraude en la contratación: se aplicarán multas por trabajador afectado con cuantías de entre 1.000 y 10.000 euros.
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Los empleadores tendrán 3 meses a partir de la aprobación definitiva para adecuar los contratos de sus trabajadores en plantilla.
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Fin a los despidos en las Administraciones Públicas: se deroga la Disposición Adicional 16 del Estatuto de los Trabajadores para que las Administraciones Públicas no puedan aplicar despidos colectivos (ERE) por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
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Dos nuevos mecanismos de ERTE que pasarán a llamarse Mecanismos RED. El justificado por causas estructurales y el que se produzca por causas cíclicas (como en el caso de la actual crisis sanitaria a causa de la pandemia).
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